Venta de Terrenos Usados en Maldonado

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U$S 7.500.000

Terreno en Punta Ballena, Maldonado
228115 m²

Terreno en venta sobre ruta - ref : pbi3224

¡Oportunidad única para inversión! Este terreno en venta en Punta Ballena es una oportunidad única para aquellos interesados en invertir en bienes raíces en uno de los destinos turísticos más populares de Uruguay. Posee una superficie de 22,8 hectáreas y un impresionante frente de 700 metros sobre la Ruta Interbalnearia, este terreno es ideal para el desarrollo de un fraccionamiento. Ubicado en una zona estratégica, el terreno cuenta con una excelente conexión con la ciudad de Punta del Este, y se encuentra a pocos minutos de la playa y otros destinos turísticos populares. Además, la topografía del terreno es ideal para la construcción de viviendas de alta calidad, con una suave pendiente que permite vistas impresionantes del paisaje circundante. Este terreno también cuenta con acceso a todos los servicios públicos necesarios para la construcción y desarrollo de una comunidad residencial de lujo. Con su ubicación privilegiada y excelente acceso a los servicios, este terreno es una oportunidad única para los inversores que buscan una propiedad de alto valor en una de las zonas más buscadas de Uruguay. No pierda la oportunidad de adquirir este terreno y desarrollar su proyecto residencial de ensueño en Punta Ballena. Consulta a nuestros asesores para agendar una visita. Es importante tener en cuenta que la información, los datos, gastos y las fotos que se proporcionan en nuestra plataforma pueden no estar actualizados, haber sufrido modificaciones o tener diferencias con la realidad. En este sentido, te recomendamos que te contactes con nuestros asesores para obtener información actualizada y precisa sobre las propiedades que te interesan. Referencia Interna : Tera-3224

U$S 600.000

Terreno en Punta Ballena, Maldonado
4080 m²

Terreno en venta de 3743m2 ubicado en las grutas

Ubicados en Las Grutas, Punta Ballena, un entorno costero privilegiado que combina tranquilidad, naturaleza y cercanía al mar. Los 4080 m2 están compuestos por 3 lotes consecutivos que presentan un atractivo potencial para desarrollar un proyecto residencial de bloque bajo, integrado al paisaje y en una zona de creciente valorización.Esta oportunidad ofrece un lienzo perfecto para desarrollar un proyecto soñado en una de las zonas más codiciadas de la costa uruguaya. Ideal para aquellos que buscan un entorno tranquilo y sereno. La ubicación privilegiada en Punta Ballena garantiza cercanía a las hermosas playas y a los atractivos turísticos de la región, convirtiéndolo en un punto estratégico para vivir o invertir. PADRONES 15780; 15779 y 15778ORDENANZA DE CONSTRUCCIÓN:Zona 3.5. Punta Ballena. El que quedará redactado de la siguiente manera:a) Límites: Oeste - Río de la Plata, prolongación del Camino Lussich hasta el Río de la Plata, Camino Lussich.Norte - Camino Lussich.Este - Divisoria de predios descripta en plano adjunto.Sur - Río de la Plata. b) Normas especiales:b1) No se admitirán subsuelos habitables en niveles inferiores a 2.50 m con respecto a la recta de comparación.b2) Con carácter general, no se permite la modificación de las afloraciones rocosas fuera del perímetro de la construcción. Cuando la índole del proyecto así lo justifique, su modificación será motivo de aprobación especial.b3) En los recaudos gráficos, se deberá expresar con precisión el tratamiento a dar a los tanques de agua y a las azoteas, incluidas las de garajes. La Intendencia podrá condicionar y aún negar las soluciones propuestas, las que deberán ser motivo de una aprobación especial. Los tanques de agua quedarán por debajo de las cumbreras.b4) No se autorizan bloques medios ni altos.b5) Dada la índole de los predios, el proyecto técnico, deberá incluir altimetría y curvas de nivel del terreno en cada metro. También se presentará el proyecto de modificación de los niveles naturales del terreno, de acuerdo con el Capítulo de Taludes.b6) Todo predio debe ser enjardinado, lo que deberá indicarse en los planos.b7) Es obligatoria la delimitación con respecto a los predios fiscales y áreas de uso público, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo de Cercos.b8) Normas para la Ruta Panorámica.- Los predios frentistas a esta vía de tránsito y los del área contigua a la misma, se ajustarán además a las siguientes normas especiales.Se entenderá como predios contiguos a la Ruta Panorámica a todos aquellos, en los cuales las construcciones puedan superar la rasante de un metro por encima del nivel del eje de la calzada de la Panorámica, en el punto medio del frente del predio.b8-a) Se deberá presentar una consulta previa para que la Intendencia determine los niveles a los que atenerse. Se adjuntará el anteproyecto respectivo y elementos gráficos referidos a la altimetría y tipos de terrenos así como también los elementos constructivos que se vayan a utilizar. Cuando los predios estén ubicados en las manzanas frentistas a la Ruta, los niveles estarán referidos a los de su eje. b8-b) Las construcciones deberán permitir amplias vistas sin interferencias, por lo cual no podrán superar la rasante de un metro por encima del punto medio del nivel de la calzada. Esta rasante no será de aplicación en aquellos predios cuyo nivel natural supere en más de un metro al de la Ruta.b8-c) Los tanques de agua y chimeneas podrán superar dicha rasante siempre que su desarrollo frontal a la Ruta sea inferior a 2 m. y no ocupe más de un 10% del desarrollo de fachada. c) Dimensiones mínimas de predios:Bloques bajos: área 2800 m2 y frente 35 m2.Unidades locativas apareadas: área 2800 m2. y frente 35 m.Conjunto de unidades locativas aisladas: 1400 m2 por unidad y 35 m. de frente. d) Retiros mínimos: - frontales: 6 m- bilaterales: 4 m.- de fondo: 6 m.e) Altura máxima: 7 m. el resto (PB + PA)La recta de comparación se determina uniendo el nivel en el frente del predio, con el del fondo del mismo. f) Ocupación: F.O.S.: 20 % F.O.SS.: 20 % F.O.S V.: 60 % F.O.T.: 35 %Se admitirá un FOS adicional de 10% en planta baja al sólo efecto de construir garajes. En caso de estar separados de las viviendas la separación será de 6 m. g) Salientes y cuerpos salientes: 2 m.

U$S 355.000

Terreno en Maldonado, Maldonado
569 m²

Terreno en venta

Terreno en venta en centro de Maldonado, apto para PH Terreno esquinero proximo al centro de Maldonado. 596 m2. Apto para edificar en altura. Zona 2.2. Casco Urbano a) Límites. Es el área comprendida en la poligonal, delimitada por las siguientes calles: Calle 19 de Abril desde Calle 3 de Febrero hasta Calle Román Bergalli, Avda. José Batlle y Ordóñez desde Calle Román Bergalli hasta Avda. Bdier. Gral Juan Antonio Lavalleja, Avda. Bdier. Gral Juan Antonio Lavalleja desde Avda. José Batlle y Ordóñez hasta el límite de Zona 2.3 Límite de Zona 2.3 desde Avda. Bdier. Gral Juan Antonio Lavalleja hasta Calle Treinta y Tres, Calle Treinta y Tres, desde Calle Solís hasta Calle Dodera, Calle Dodera desde Calle Treinta y Tres hasta Calle 3 de Febrero, y Calle 3 de Febrero desde Calle Dodera hasta Calle 19 de Abril, exceptuando las manzanas comprendidas en la Zona 2.1 Plaza b) Normas especiales. La alineación con las construcciones existentes, es obligatoria. c) Se admiten bloques bajos y medios d) Retiros mínimos: - Frontales: 4 m. en bloques medios - De fondo: 5 m. en bloques bajos 9 m. en bloques medios e) Altura máxima: 28 m. en bloques medios (PB+9PA) con gálibo a 45º en el último nivel. 13,60 m. en bloques bajos (PB+4PA) con gálibo a 45º en el último nivel. f) Ocupación: FOS ... 50% FOS SS ... 80% FOT ... 220% en bloque bajo ... 480% en bloque medio g) En planta baja y primer piso destinado a usos no residenciales podrán tener un FOS del 100%, el incremento no será tenido en cuenta para el cálculo del FOT del resto del edificio. h) Acondicionamiento de la zona de retiro frontal, cuando no exista actividad comercial podrá ser delimitado con un cerco frontal. i) Estacionamientos. Se exige uno por cada unidad de vivienda u oficina y uno como mínimo cada 100 m2 o fracción de locales de otros usos. j) Índice de ponderación. (Dto. 3870) 0 (Cero). Originariamente Art. 199º Dcto. *** (TONE) - Pasa a ser Art. 198º por modificación SArt. 1º Dcto.38852011 Consulte a nuestros asesores Referencia Interna : Tera-16081

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