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Venta de Terrenos lujosos en Maldonado página 3

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U$S 6.000.000

Terreno en Punta del Este, Maldonado
4441

Venta lote para torre - punta del este

Venta de Lote en AIDY GRILL, Punta del Este Apto. PB + 20 Pisos22.600 Mts.2 edificables totales. TONE - Maldonado - Zona 1.3. La Pastora.Divisiones.- Esta zona se divide en dos Subzonas: Subzona 1.3.1. Costaneras y Subzona 1.3.2. resto del Sector y dos Vías Residenciales Comerciales. Estarán comprendidas en la Subzona 1.3.2. aquellos solares que se encuentren ubicados fuera de una faja de 100 metros de ancho, medidos a partir de la línea de propiedad correspondiente a los predios con frente a las Ramblas Costaneras Lorenzo Batlle Pacheco y Dr. Claudio Williman.c) Normas Especiales.c.1.) En los Bloques medios y altos, incluidos sus balcones, salientes y terrazas, la proyección total de su volumen desde planta baja, deberá inscribirse en una circunferencia cuyo diámetro máximo será de 42.50 metros lineales.c.2.) En un mismo padrón resultarán viables más de un programa arquitectónico, siempre y cuando cada uno de ellos cumpla con los parámetros establecidos en las presentes normas y la separación entre sí de los volúmenes, sea Mayor o igual a los 27 de la suma de las alturas de las edificaciones respectivas.c.3.) los parámetros básicos establecidos en el Cuadro Normativo Nro. 3 para los valores comprendidos entre Bloques Medios y Altos, resultarán factibles de interpolar, en referencia a la superficie del solar respectivo, cuando tenga una superficie Mayor a 2.000 metros cuadrados y menor al máximo correspondiente al programa de bloque alto, según la Subzona a la que pertenezca.c. 4.) La altura máxima admitida para la zona 1.3.2. será de 63 m. medida al nivel exterior de la losa superior del último nivel habitable.d) Retiros Mínimos. Sin perjuicio de los mínimos establecidos en el Cuadro normativo Nro. 3, todos los bloques Medios que por aplicación del inciso previo, su altura resulte Mayor a 28 metros lineales (Art. D.154) deberán cumplir con un retiro frontal mínimo de 10 metros lineales en todos los casos y con 27H en los retiros laterales y de fondo.e) En todas las situaciones el FOS. Verde mínimo resultara el 70% del suelo, salvo en los predios con actividad comercial frentistas a las Vías Residenciales Comerciales, debitado el FOS autorizado. Cuando la ocupación de subsuelo utilice un área compartida con el suelo destinado a FOS. Verde, la propuesta aportará detalles técnicos que aseguren la permanencia del destino establecido para el cumplimiento de la norma. f) Salientes y Cuerpos Salientes.- Para los programas de bloques sin perjuicio de lo dispuesto en el Apartado C.1. y lo establecido en el Art. 164º de las presentes disposiciones, no se computarán en el FOS ni el FOT, aquellos volúmenes en voladizo sobre planta baja, cuando - en cada nivel - su superficie no resulte Mayor a 90 metros cuadrados. Asimismo, la ocupación volumétrica de dichas salientes o cuerpos salientes debe ser menor o igual al 10% del volumen de la planta respectiva.La profundidad máxima de las salientes será:- Para bloques bajos: 2m sobre retiro frontal- Para bloques medios: 2m sobre retiro frontal y 1.50m sobre los retiros laterales y de fondo". . XINTEL (ATM-AT2-6657)

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U$S 5.500.000

Terreno en Rincón del Indio, Maldonado
26250

Amplio terreno de 26.250 m2

Terreno de 26.250 m2 apto para conjunto de bloques bajos con un FOT del 80%. Metros edificables: 21.000 m2 Cantidad de pisos: 5, Planta baja + 4 plantas altas. Transcribimos normativa para la zona: Digesto Departamental Detalle de Artículo D.243 VOLUMEN V TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE LIBRO II PARÁMETROS DE EDIFICACIÓN PARTE LEGISLATIVA TÍTULO II Región Maldonado - Punta del Este CAPÍTULO VI Sector 4 - Aparicio Saravia SECC. ÚNICA Artículo D.243 Zona 4.1.2 Barrio Jardín Sector Aparicio Saravia. a) Límites: Corresponde predios del resto del Sector Aparicio Saravia. b) Normas especiales: No se autorizan bloques altos. c) Dimensiones mínimas de predios: Para Altura 15m: 2500m2 , frente de 30 m. Para Altura 9m : área 1000 m2 y frente mínimo 20 m. Para bloque Altura 7m: área 1000 m2 Sin frente mínimo. Conj. de unid. locativas aisladas o apareadas: 1000 m2 por unidad o par. d) Retiros mínimos: - Frontales: 4 m. Altura Mayor a 9 m.: 6 m. - Bilaterales: Alturas Mayores a 9 m.: 5 m. 3 m. para bloques, debiendo la suma promedial debe ser Mayor a 8 m. 2 m. para Unidades Locativas aisladas o apareadas, debiendo la suma promedial debe ser Mayor a 6 m. - De fondo: Alturas Mayores a 9 m.: 8 m. Altura Mayores a 7 m.: 5 m. Altura menor o igual a 7 m.: 3 m. Distancia entre unidades o bloques: Altura 15 m.: 8 m. Altura 9 m.: 6 m. Altura 7 m.: mínimo de 5 m. e) Altura máxima: 15 m. (PB +4PA). 9 m. (PB + 2PA). 7 m. (PB + PA). Áticos: En caso de techos inclinados a partir de un 30% de pendiente y cumpliendo con la altura máxima definida para la zona podrán conformarse entrepisos (áticos) que ocupen hasta el 50% del área de la última planta. Las construcciones comprendidas en el ático no serán computadas como nivel ni en el FOT, no podrán conformar nuevas unidades, debiendo ser parte de la Unidad del último nivel y su acceso será exclusivamente desde el interior de ésta. f) Ocupación: Bloques F.O.S SS: 40% F.O.S.: 20% F.O.S. PA: 20% F.O.T.: Altura 15 m.: 80% Altura 9 m.: 60% Altura 7 m.: 40% F.O.S V: 50% Unidades locativas aisladas o apareadas: En los solares con área inferior a 500 m2 y superior a 1.000 m2, regirán los siguientes parámetros: FOS SS FOS FOS V FOT ST 500 30 30 40 60 ST 1.000 20 20 60 40 En los solares con área intermedia, los factores de ocupación se obtendrán de la interpolación de los anteriores valores. g) Salientes: hasta 2 m en área edificandi y en un 35% de la superficie de la fachada. h) Índice de ponderación (Decreto 3870): 0,4 (Cero con cuatro) Ordenanza anterior: Sector Balneario Zona 3.1. Subzona 3.1.6. Listado de fuentes asociadas al artículo Fuente Observaciones Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 17 Referencia Interna : Tera-3788

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U$S 5.000.000

Terreno en José Ignacio, Maldonado

Manzana d - solar 7

Terreno en Village del Faro con 1590 m2, primera linea sobre el mar, a pocos metros del pueblo de José Ignacio, con vista a toda la bahia de la playa Brava y el Faro de José Ignacio. Un lugar para soñar…Un desarrollo en el lugar más hermoso de las costas del Uruguay, donde confluyen el clima, la naturaleza y la tranquilidad de unas playas inigualables. Un lugar pensado para no pensar en nada. Ubicado sobre la ruta 10, km 183.50, pasando unos pocos metros la rotonda de ingreso al pueblo, entre la ruta y el mar.Un barrio abierto con 81 lotes con acceso directo a la playa, cuyas superficies van de 1000 a 2000 m2, con todos los servicios de saneamiento, energía y teléfono subterráneos. La amplitud de sus lotes garantiza una total privacidad entre vecinos. Cada lote tiene características diferentes porque el suelo posee desniveles que podrán aprovecharse para mejorar las vistas a la hora de construir. Esto se observa en las edificaciones ya realizadas, que contribuyen a potenciar la personalidad de lugar. VILLAGE DEL FARO es un barrio abierto dónde la paz, la calma y el sosiego se ven acompañados por el arrullo del mar. Elegido por europeos y americanos que buscan la tranquilidad._This plot is sited in Village del Faro, first line on the sea, few meters away from Jose Ignacio's Village. It spans on 1590 square meters and enjoys a magnificent view to the playa Brava's bay and Jose Ignacio's lighthouse.

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